Para calcular el recargo nocturno, dominical o festivo en Colombia bajo la Ley 2466 de 2025, debe dividir su salario mensual entre las horas laborales vigentes (220 o 210 según el año) para obtener el valor de la hora ordinaria. A este monto, aplique los nuevos porcentajes: 35% para recargo nocturno (desde las 7:00 p.m.) y un escalonado para dominicales que inicia en 80% en julio de 2025.

- El recargo dominical subirá gradualmente hasta alcanzar el 100% en julio de 2027.
- La jornada laboral en Colombia bajará a 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026.
- El inicio de la jornada nocturna se adelantó de las 9:00 p.m. a las 7:00 p.m.
- Una hora extra nocturna en un festivo de 2026 puede costar hasta $22.096 si se gana el mínimo.
- El divisor para calcular la hora cambia de 220 a 210 horas a mitad del año 2026.
La entrada en vigencia de la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) y la continuidad en la reducción de la jornada laboral (Ley 2101 de 2021) transforman radicalmente la forma de liquidar la nómina en Colombia. Estas normativas no solo modifican los porcentajes de remuneración por trabajar en días de descanso, sino que adelantan la hora de inicio del recargo nocturno, beneficiando directamente a miles de empleados en sectores de servicios, comercio y seguridad.
Nuevos porcentajes de recargos y horas extras según la Ley 2466
A partir del 25 de junio de 2025, el cálculo de las compensaciones por tiempo adicional o trabajo en horarios no convencionales se ajusta bajo una tabla progresiva. El cambio más significativo radica en el recargo dominical y festivo, que abandonará el histórico 75% para buscar la paridad total en 2027.
| Tipo de hora | Porcentaje de recargo |
| Hora extra diurna | 25% |
| Hora extra nocturna | 75% |
| Recargo nocturno (Desde las 7:00 p.m.) | 35% |
| Dominical/Festivo (Desde julio 1, 2025) | 80% |
| Dominical/Festivo (Desde julio 1, 2026) | 90% |
| Dominical/Festivo (Desde julio 1, 2027) | 100% |
| Extra diurna dominical/festiva | 115% |
| Extra nocturna dominical/festiv | 165% |
Recargo nocturno: el nuevo horario desde las 7:00 p.m.
El recargo nocturno ahora inicia dos horas antes de lo acostumbrado. Desde el 25 de diciembre de 2025, cualquier labor realizada entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. genera un cobro adicional del 35% sobre el valor de la hora ordinaria.
Para liquidar este valor en 2026, tome como base el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) proyectado en $1.750.905. Debido a la Ley 2101, el divisor de horas cambia el 15 de julio de cada año:
- Hasta el 14 de julio de 2026 (220 horas/mes): El valor hora es de $7.959. El recargo nocturno (35%) suma 2.786, dejando la hora nocturna en 10.745.
- Desde el 15 de julio de 2026 (210 horas/mes): El valor hora sube a $8.338. El recargo nocturno suma 2.918, para un total de 11.256 por hora laborada.
Cómo liquidar dominicales y festivos con el aumento progresivo
La Reforma Laboral establece que el recargo por trabajar domingos o festivos sube al 80% el 1 de julio de 2025. Si usted labora un domingo en el primer semestre de 2026, recibirá el valor de su hora ordinaria más un 80%.
Ejemplo práctico para 2026:
Si su salario es el mínimo y trabaja un domingo en agosto de 2026, su hora ordinaria vale
8.338. Aplique el recargo del 90% (7.504). El pago total por esa hora festiva será de
15.842. Si esa jornada dominical se extiende después de las 7:00p.m., debe aplicar el recargo dominical nocturno del 125% (18.761) por hora.
Impacto real en el bolsillo del trabajador colombiano
Este nuevo esquema de remuneración busca compensar el sacrificio del tiempo familiar y de descanso. Un trabajador que labore habitualmente en turnos nocturnos o festivos verá un incremento real en su ingreso mensual de entre un 5% y un 12% solo por efecto del cambio de porcentajes y la reducción de la jornada a 42 horas semanales, que finalizará su implementación total en julio de 2026.
Las empresas deberán ajustar sus software de nómina para evitar sanciones de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) y asegurar que el cálculo respete la fecha de corte del 15 de julio para el cambio de jornada laboral.
Glosario Rápido
- Hora Ordinaria: Es el valor resultante de dividir el salario mensual por el número de horas de la jornada máxima legal.
- Recargo: Valor adicional que se paga sobre la hora ordinaria por trabajar en condiciones específicas (noche, domingos).
- Jornada Laboral Ordinaria: Tiempo máximo que un trabajador debe laborar por ley, que en Colombia se reduce gradualmente hasta las 42 horas semanales.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Cuánto me pagan si trabajo un Jueves o Viernes Santo? Estos días son festivos legales. Según la Ley 2466, se pagan con un recargo del 80% (en 2025) o 90% (en 2026) sobre el valor de la hora ordinaria.
- ¿A qué hora empieza a contar el recargo nocturno hoy? Con la nueva reforma, el recargo nocturno comienza a las 7:00 p.m. y termina a las 6:00 a.m. del día siguiente.
- ¿Qué pasa si trabajo más de 8 horas un domingo? Se genera una «Hora extra diurna dominical», la cual se liquida con un recargo del 115% sobre el valor de la hora ordinaria diurna.