Los intereses de cesantías se calculan teniendo en cuenta:
- Días trabajados.
- Tasa de interés del 12% anual o proporcional al tiempo trabajado ese año.
- Intereses = Cesantías * (Días trabajados / 360) * 12%
Toda la información del salario mínimo para 2024
Bogotá D.C. | Escrito por Redaccion Salario Minimo
Los intereses de cesantías se calculan teniendo en cuenta:
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En Colombia una empresa debe pagar no solo lo correspondiente al salario mínimo mensual vigente más el auxilio de transporte sino otros aportes que corresponden a beneficios adicionales para el trabajador.
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Se llama cesantías retroactivas al régimen que aplica para aquellos trabajadores que celebraron contratos laborales antes de la entrada en vigencia de las siguientes leyes:
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Los recargos nocturno, dominical o festivo se calculan con base en el valor de la hora ordinaria correspondiente al salario mínimo mensual vigente. Estos recargos son una forma de compensar el tiempo de descanso que debería tener el trabajador en caso de que solo trabajará las horas laborales ordinarias establecidas legalmente.
En efecto la Ley 2101 de 2021 establece que la jornada laboral ordinaria es de 7 horas y la semanal de 44 horas a partir del 15 de julio de 2025.
A continuación te enseñaremos cómo calcular el recargo nocturno, el recargo dominical y el recargo festivo de acuerdo con las ultimas modificadas de la Ley 2466 de 25 de junio de 2025 Reforma Laboral.
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El 14 de diciembre el Gobierno, los sindicatos y los empresarios anunciaron que se había logrado un consenso sobre el valor del salario mínimo legal vigente para 2022 y el auxilio de transporte.(2)
El salario mínimo 2022 vigente en Colombia tuvo un incremento de 10,07%, considerado el más alto de las últimas décadas.
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El salario mínimo 2021 en Colombia se define en las negociaciones que se efectúan en los últimos meses del año en la Mesa de Concertación de Políticas Salariales y Laborales y que convoca a los sectores productivos (empresarios y trabajadores) y el Gobierno Nacional.
Para 2021 la negociación del salario mínimo en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales comenzó el 30 de noviembre sin llegar a un acuerdo entre las partes dentro del tiempo previsto legalmente.
El aumento se definió por decreto el 29 de diciembre de 2020.