¿Cuál es el plazo para consignar las cesantías?

El plazo para consignar las cesantías liquidadas al 31 de diciembre de cada año es el último día hábil antes del 15 de febrero del año siguiente.

Estas deberán consignarse en la cuenta individual a nombre del trabajador en el Fondo de Cesantías que él mismo elija.

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Cesantías: ¿para que se pueden usar?

Las cesantías se pueden utilizar para:

  • Educación superior en pregrado y postgrado
  • Pago seguros o ahorros educativos
  • Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano
  • Pago de créditos del ICETEX
  • Pago de créditos hipotecarios
  • Construir en lote propio
  • Liberación de embargos sobre vivienda propia
  • Compra o remodelación de vivienda propia
  • Pago de cánones de leasing
  • Pago de impuestos como el predial y valorización
  • Disminución temporal de ingresos por la pandemia COVID-19

Este uso está reglamentado por la Ley 50 de 1990, el Decreto 1562 de 2019, Decreto 448 de 2020 y los siguientes decretos:

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Intereses de cesantías: ¿cómo se calculan?

Los intereses de cesantías se calculan teniendo en cuenta:

  1. Días trabajados.
  2. Tasa de interés del 12% anual o proporcional al tiempo trabajado ese año.
  3. Intereses = Cesantías * (Días trabajados / 360) * 12%

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¿Qué son las cesantías retroactivas?

Se llama cesantías retroactivas al régimen que aplica para aquellos trabajadores que celebraron contratos laborales antes de la entrada en vigencia de las siguientes leyes:

  • Ley 50 de 1990 para el sector privado
  • Para servidores públicos del Estado (30 de diciembre de 1996): Ley 344 de 1996
  • Ley 100 de 1993 para los servidores públicos del sector salud.

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¿Cuál es la formula de cálculo de las cesantías?

La fórmula para liquidar las cesantías es la siguiente:

(SALARIO + AUXILIO DE TRANSPORTE) x (DÍAS TRABAJADOS/360) = CESANTÍAS LIQUIDADAS

Por ejemplo Andrés comenzó a trabajar el 1ero de enero y tiene un salario mensual de $828.116 y un auxilio de transporte de $97.032. A 31 de diciembre de ese año Andrés ha trabajado 360 días, lo cual permite utilizar la fórmula para efectuar el cálculo de las cesantías de la siguiente forma:

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¿Cómo se liquidan las cesantías?

Las cesantías se liquidan a final de año o cuando se termine el contrato de trabajo antes del 31 de diciembre. En el primer caso se liquidan el 31 de diciembre, por año o por la fracción de año transcurrida desde la fecha de vinculación del empleado. En el segundo, el valor liquidado se paga directamente al trabajador.

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¿Cómo se retiran las cesantías?

Seguramente te has preguntado ¿cómo se retiran las cesantías? Este trámite se hace ante los Fondos de Cesantías y no ante la empresa ya que por Ley no puede realizar pagos parciales ni anticipos de este auxilio. En cualquier caso se deben cumplir los requisitos y trámites establecidos por Ley y cada Fondo. Existen dos formas de retirar las cesantías y te las presentamos a continuación.

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¿Qué se entiende por cesantía?

El término legal es auxilio de cesantía el cual corresponde a una prestación social que consiste en el pago al trabajador de un mes de salario por cada año de servicio prestado y proporcional por fracción de año.

Este pago está a cargo del empleador, es de carácter obligatorio y aplica tanto para el sector privado como público. Este auxilio se liquida sobre el último salario mensual si este no ha variado en los últimos tres meses, de lo contrario se liquida sobre el promedio del último año. Las cesantías tienen fundamento legal en el Artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo.

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