Los recargos nocturno, dominical o festivo se calculan con base en el valor de la hora ordinaria correspondiente al salario mínimo mensual vigente. Estos recargos son una forma de compensar el tiempo de descanso que debería tener el trabajador en caso de que solo trabajará las horas laborales ordinarias establecidas legalmente.
En efecto la Ley 2101 de 2021 establece que la jornada laboral ordinaria es de 7 horas y la semanal de 47 horas en 2023.
A continuación te enseñaremos cómo calcular el recargo nocturno, el recargo dominical y el recargo festivo.
Porcentajes de Recargo
Los recargos y horas extras para 2024 se calculan teniendo como base el valor de la hora ordinaria y se aplican los siguientes porcentajes adicionales a este valor:
Tipo de hora extra | Porcentaje de recargo |
---|---|
Hora extra diurna | 25% |
Hora extra nocturna | 75% |
Recargo nocturno | 35% |
Recargo dominical o festivo | 75% |
Hora extra diurna dominical o festiva | 100% |
Hora extra nocturna dominical o festiva | 150% |
Recargo dominical o festivo nocturno | 110% |
Recargo nocturno
El recargo nocturno aplica cuando se trabaja entre las 9 p.m. y 6 a.m. tal y como lo establece la Ley 1846 de 2017 en su artículo primero. El valor de este recargo es del 35% sobre el valor de la hora diurna ordinaria, de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 168 numeral 1.
Ejemplo de recargo nocturno
Por ejemplo si tomamos como base el salario mínimo, el valor de la hora diurna ordinaria se calcularía dividiendo el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) en 30 días y luego este valor se divide entre 7 horas que es lo establecido legalmente (Ley 2101 de 2021). Veamos:
SMMLV 2024: $1.300.000 pesos colombianos
SMMLV / 30 días = $43.333 (salario mínimo diario legal vigente)
Valor Hora Mínima Legal (VHML) = $1.300.000 / 235 horas = $5.532
Este es el valor base para el cálculo de los recargos y horas extras de ley.
Para establecer el valor del recargo nocturno se debe multiplicar el VHML por 35%:
Valor Recargo Nocturno = $5.532 * 35% = $1.936
Para saber el valor de la hora nocturna añadimos este último valor que calculamos al VHML:
Valor Hora Nocturna = $5.532 + $1.936 = $7.468
Recargo dominical o festivo
El valor del recargo dominical o festivo es del 75% sobre el valor de la hora diurna ordinaria, de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 179 numeral 1.
Recordemos que el valor de la hora diurna ordinaria es de $5.532 para 2024 tomando como base el salario mínimo legal vigente.
Para establecer el valor del recargo dominical o festivo se debe multiplicar el VHML por 75%.
Ejemplo de recargo dominical o festivo
Valor Recargo Dominical o Festivo = $5.532 * 75% = $4.149
Para saber el valor de la hora dominical o festivo añadimos este último valor que calculamos al VHML:
Valor Hora Recargo Dominical o Festivo = $5.532 + $4.149 = $9.681
¿Cuánto me debe pagar mi empleador si trabajo jueves y viernes santos?
Esos dos días se consideran como festivos y por lo tanto aplica el recargo del 75% que corresponde al recargo festivo.
Recargo dominical o festivo nocturno
El recargo dominical o festivo nocturno aplica cuando el trabajador labora un día domingo o festivo entre las 9 p.m. y las 6 a.m.
El valor del recargo dominical o festivo nocturno es la suma del 75% del recargo dominical o festivo más el 35% del recargo nocturno, es decir 110%. Este porcentaje se aplica sobre el valor de la hora diurna ordinaria.
Para establecer el valor del recargo dominical o festivo nocturno se debe multiplicar el VHML por 110%.
Ejemplo de recargo dominical o festivo nocturno
Valor Recargo Dominical o Festivo Nocturno = $5.532 * 110% = $6.085
Para saber el valor de la hora dominical o festivo nocturno añadimos este último valor que calculamos al VHML:
Valor Hora Recargo Dominical o Festivo Nocturno = $5.532 + $6.085 = $11.617
Hora extra nocturna
La hora extra nocturna aplica cuando el trabajador:
- Labora de 9 p.m. a 6 a.m. del día siguiente.
- Trabaja luego de la jornada ordinaria.
El valor de la hora extra nocturna es de 75% adicional al valor de la hora mínima legal vigente.
Ejemplo de hora extra nocturna
Por ejemplo el valor de la hora mínima legal vigente para 2024 es de $5.532 se debe multiplicar por 1,75, para un total de $9.681. Este sería el valor de la hora extra nocturna.
Hora extra diurna dominical o festivo
La hora extra dominical o festivo diurna aplica cuando el trabajador labora más de las ocho horas ordinarias en un día domingo o festivo.
¿Cuánto vale una hora extra diurna festiva en Colombia?
En Colombia una hora extra diurna festiva vale $11.064 pesos colombianos (para el año 2024).
¿Cuál es el porcentaje de la hora extra diurna festiva?
El porcentaje de la hora extra diurna festiva es la suma del 75% del recargo dominical o festivo más el 25% de la hora extra diurna, es decir 100%. Este porcentaje se aplica sobre el valor de la hora diurna ordinaria.
¿Cómo se liquida una hora extra dominical diurna?
Una hora extra dominical diurna se liquida multiplicando el Valor Hora Mínima Legal por 200%, por ejemplo:
Valor Extra Dominical o Festivo Diurno = $5.532 * 200% = $11.064
Hora extra nocturna dominical o festivo
La hora extra dominical o festivo nocturna aplica cuando el trabajador:
- Labora un domingo o día festivo.
- Trabaja más de las ocho horas ordinarias.
- El trabajo extra ocurre entre las 9 p.m. y las 6 a.m.
El valor de la hora extra dominical o festiva nocturna es la suma del 75% del recargo dominical o festivo más el 75% de la hora extra nocturna, es decir 150%. Este porcentaje se aplica sobre el valor de la hora diurna ordinaria.
Para establecer el valor de la hora extra dominical o festiva nocturna se debe multiplicar el VHML por 150%.
Ejemplo de hora extra nocturna dominical o festivo
Valor Extra Dominical o Festivo Nocturno = $5.532 * 150% = $8.298
Para saber el valor de la hora extra dominical o festiva nocturna añadimos este último valor que calculamos al VHML:
Valor Hora Extra Dominical o Festiva Nocturna = $5.532 + $8.298 = $13.830
Oswaldo dice
Esto aplica para todos los salarios
JOHAN DONCEL dice
Hola, en cuanto a la hora extra nocturna dominical o festiva indica que se paga si el colaborador trabaja de 9PM a 6AM!
la pregunta es, ¿No importa que al día siguiente sea Lunes sin ser festivo?
es decir, en este caso no solo se debe pagar 3 horas dominicales nocturnas y de la 1AM hasta las 6AM ordinarias?
Ivan dario Porras porras dice
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 168. Tasas y liquidacion de recargos
4. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con algúno otro.
USTEDES LO ACUMULAN EN LOS EJEMPLOS QUE DAN
adminitrador dice
Buenas tardes Iván,
Los ejemplos no están acumulando recargos. Son valor hora más el recargo que se esta explicando.
Saludos.
B3RZ3CK-D dice
¿De dónde sacaron el 200%?
adminitrador dice
Diego,
El 200% de la liquidación de una hora extra dominical diurna sale así:
1) El recargo es el 100% del valor de la hora.
2) 100% es igual a 1
$4167 + (100%x$4167) = $4167 x (1+100%) = $4167 x (100% + 100%) = $4167 x 200%
FANNY pineda dice
Buenas tardes estoy trabajando 5 turnos de noche jueves, viernes, sábado, domingo, Y lunes sólo ganó libres 1.400.000 mensuales, esta bien? Me siento robada
Maria dice
Si se trabaja despues de las 48 horas normalesun sabado de 9pm a 6am me tienen q pagar extras nocturnas dominicales y recargo nocturno dominical? Que porcentaje?